Restricción de vehículos de carga “para el puente festivo de San Pedro y San Pablo, del viernes 28 de junio al lunes 01 de julio de 2013, en la red vial nacional”.
En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 3226 del 25 de mayo de 2012, y en concordancia a lo dispuesto en la resolución 0761 del 1 de abril de 2013, por el cual se crea el Comité Interinstitucional para la adopción y ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, se comunica a los gremios, asociaciones del sector Transporte, ciudadanos usuarios de la red vial nacional e interesados que la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas a continuación:
FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES QUE SERÁN OBJETO DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS DEPARTAMENTOS. |
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VIERNES | 28-junio -2013 | 16:00 A 20:00 HORAS |
SÁBADO | 29-junio -2013 | 06:00 A 22:00 HORAS |
DOMINGO | 30-junio-2013 | 14:00 A 18:00 HORAS |
LUNES | 01-julio -2013 | 09:00 A 23:00 HORAS |
Vías a restringir: 1.BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA. 2.BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ. 3.BOGOTÁ – TUNJA. 4.BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL –BUCARAMANGA. 5.BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT. 6.BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS. 7.MEDELLÍN – SANTA FE DE ANTIOQUIA. 8.BOGOTÁ – CHOACHÍ. 9.BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR) 10.IBAGUÉ – ARMENIA – CALI. 11.NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT. 12.PASTO – CHACHAGÜÍ. 13.BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA 14.BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA 15.SIBATÉ- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ 16.CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT 17.ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA 18.BUCARAMANGA- SAN ALBERTO 19.BUCARAMANGA –LA LIZAMA 20.VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ 21.HONDA-DORADAL-MEDELLÍN 22.SANTA MARTA-BARRANQUILLA 23.MONTERÍA -TOLÚ- COVEÑAS 24.BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA 25.TUNJA –CHIQUINQUIRÁ 26.TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO 27.TUNJA-BARBOSA 28.MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA 29.MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL 30.HATILLO-BARBOSA 31.MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO 32.MANIZALES-LA MUANIELA-LA FELISA-PINTADA 33.MANIZALES-CHINCHINÁ-SANTAROSA-PEREIRA 34.PEREIRA-ARMENIA-RIOSUCIO 35.PEREIRA-CARTAGO-LA PAILA 36.CALI-YUMBO-YOTOCO 37.NEIVA-GARZÓN 38.IBAGUÉ-HONDA 39.PUERTO ARAÚJO-PUERTO BOYACÁ 40.BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMENBOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA 41.SANTA MARTA-FUNDACIÓN-ROQUE-AGUACHICA 42.BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO 43.MONTERÍA-CERETÉ-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-DEL VISO (BOLÍVAR) 44.VILLAVICENCIO-CUMARAL
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Consideraciones especiales en la vía Bogotá – Villavicencio y Bogotá – Girardot: Durante el puente festivo del viernes 28 de junio al lunes 01 de julio de 2013.
Por contingencia y mejoramiento de la movilidad en estos corredores viales a partir de las 14:00 horas hasta las 20:00 horas se volverá reversible en el sentido Villavicencio – Bogotá y Girardot – Bogotá desde la variante de Melgar – Tolima hacia la ciudad de Bogotá, respectivamente. Igualmente ante el inminente aumento del flujo vehicular la medida se aplicará en la vía Tunja – Bogotá, a la altura del Puente de la Caro – Carrera 7ª hacia la capital del País, en las siguientes fechas:
LUNES | 01-julio -2013 |
NOTA ESPECIAL 1: De ser necesaria la activación del reversible u otra medida de manejo de tráfico, en horario diferente al establecido, por necesidad de descongestión en las vías antes mencionadas, la Dirección de Tránsito y Transporte informará en vía a los usuarios y hará uso de cualquiera de estas medidas.
En los demás anillos viales que se realizan en el departamento de Cundinamarca iniciarán su implementación así:
Vía LA VEGA – BOGOTÁ: a partir de las 12:00 horas
Vía LA MESA (sector La Gran Vía) – BOGOTÁ: a partir de las 12:00 horas
NOTA ESPECIAL 2: Se autoriza a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional para implementar temporalmente modificaciones a los horarios contemplados en la resolución 3226 del 25 de mayo del 2012 y al presente comunicado especial, en determinadas vías o tramos viales que por sus características de movilidad requieran la implementación de la modificación de la medida.
NOTA 1: El día viernes 28 de junio de 2013, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El día lunes 01 de julio de 2013, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas.
NOTA 3: El Instituto Nacional de Vías – INVÍAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, suspenden y no realizan obras en la red vial, durante la vigencia del presente comunicado.
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en el presente comunicado.
La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará el paso de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en el artículo 6 de la resolución 3226, “por la cual se establecen unas medidas de tránsito vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país en temporadas especiales y se dictan otras disposiciones”.
Original Firmado
Doctora AYDA LUCY OSPINA ARIAS
Directora de Transporte y Tránsito – Ministerio de Transporte
Original Firmado
Coronel JORGE ALEXANDER GALLEGO CHÁVEZ
Director de Tránsito y Transporte – Policía Nacional (E)
Fuente: TCC
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