En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 3226 del 25 de mayo de 2012, en su Artículo 4, se comunica a los gremios, asociaciones del sector Transporte, ciudadanos usuarios de la red vial nacional e interesados que una vez analizado el comportamiento del volumen vehicular en la red vial, se aplicará la restricción a los vehículos de carga con capacidad de 3.4 toneladas, así:
FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES QUE SERÁN OBJETO DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS DEPARTAMENTOS. | ||
21 de Marzo | 16:00 A 21:00 HORAS | |
22 de Marzo | 07:00 A 22:00 HORAS | |
24 de Marzo | 09:00 A 23:00 HORAS |
Vías a restringir:
1. BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA.
2. BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ.
3. BOGOTÁ – TUNJA.
4. BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA.
5. BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT.
6. BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS.
7. MEDELLÍN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.
8. BOGOTÁ – CHOACHI.
9. BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR)
10. IBAGUÉ – ARMENIA – CALI.
11. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
12. PASTO – CHACHAGÜI.
13. BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA
14. BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA
15. SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ
16. CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT
17. ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA
18. BUCARAMANGA- SAN ALBERTO
19. BUCARAMANGA –LA LIZAMA
20. VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ
21. HONDA-DORADAL-MEDELLÍN
22. SANTA MARTA-BARRANQUILLA
23. MONTERÍA -TOLÚ- COVEÑAS
24. BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA
25. TUNJA –CHIQUINQUIRÁ
26. TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO
27. TUNJA-BARBOSA
28. MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA
29. MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL
30. HATILLO-BARBOSA
31. MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO
32. MANIZALES-LA MANUELA-LA FELISA-LA PINTADA
33. MANIZALES-CHINCHINA-SANTAROSA-PEREIRA
34. PEREIRA-ARMENIA-RIOSUCIO
35. PEREIRA-CARTAGO-LA PAILA
36. CALI-YUMBO-YOTOCO
37. NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA
38. IBAGUÉ-HONDA
39. PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ
40. BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA
41. SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA
42. BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO
43. MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLÚ VIEJO-CRUZ DEL VISO (BOLÍVAR)
44. VILLAVICENCIO-CUMARAL
NOTA ESPECIAL: De ser necesaria la activación del reversible u otra medida de manejo de tráfico, en horario diferente al establecido, por necesidad de descongestión en las vías antes mencionadas, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional informará en vía a los usuarios y hará uso de cualquiera de estas medidas.
En los demás anillos viales que se realizan en el Departamento de Cundinamarca iniciarán su implementación así:
Vía LA VEGA – BOGOTÁ: a partir de las 12:00 horas
Vía LA MESA (sector la Gran vía) – BOGOTÁ: a partir de las 12:00 horas
NOTA 1: Las restricción del viernes 21 de marzo 2014, se aplica únicamente a los vehículos de carga que salen de la ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura- ANI coordinarán con el comandante de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, las medidas que se deben adoptar en los planes de manejo de tráfico de las obras públicas, necesarias para garantizar movilidad.
NOTA 3: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la presente comunicación.
NOTA 4: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y carga para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
NOTA 5: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en el artículo 6 de la resolución 3226, “por la cual se establecen unas medidas de tránsito vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país en temporadas especiales y se dictan otras disposiciones”.
Fuente: Invias