Resolución Numero 074854 Ministerio de Transporte
Recordatorio de cumplimiento
“Por la cual se establece de manera obligatoria la implementacion del sistema integral para la prevención y control del lavado de activos, la financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva – SIPLAFT.”
Las empresas habilitadas para el transporte terrestre automotor de carga (sin importar si se encuentran o no en operación), ya que tienen implementadas políticas o sistemas de prevención y control de riesgos de LA/FT – PADM , deberán revisar tales políticas y verificar que cumplen con lo dispuesto en la presente resolución, realizando las modificaciones a que haya lugar, a mas tardar el ultimo día hábil del mes de marzo de 2017.
Plazo para el cargue y envió de la información: posterior al registro de vigilados, las empresas deberan realizar el cargue de la implementacion del sistema SIPLAFT en el sistema VIGÍA de la Superintendencia de Puertos y Transporte (modulo de SIPLAFT) desde el 03 de Abril de 2017, harta 30 de Abril de 2017.
Fuente: Unidad de Información y Análisis Financiero
Imagen: Archivo Unidad de Información y Análisis Financiero
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