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Alcaldía de Ibagué modifica decreto de fiestas

601b24a71beaa48c9e048433f3a51442El alcalde de Ibagué, Luis H. Rodríguez, mediante decreto 1000-0332 por medio del cual se modifica parcialmente el decreto 1000-0296 del 3 de junio del 2015, tomó las siguientes medidas transitorias para la organización, ocupación y  uso transitorio del espacio público y la protección ciudadana durante la celebración del 43° Festival Folclórico Colombiano y la 48° Feria Exposición Agropecuaria.

Crease el Comité de Adjudicación del 43° Festival Folclórico Colombiano y la 48° Feria Exposición quien será el encargado de adelantar el proceso de análisis y adjudicación mediante resolución enviada a la Dirección de Espacio Público y Control Urbano quien expedirá el documento que contendrá el permiso para la ocupación transitoria del espacio público mediante las modalidades de venta ambulante, extensión de actividad, venta estacionaria de artículos típicos, módulos estacionarios (Zona VIP) y venta de comidas preparadas, bahías de taxis, servicios de baños públicos y graderías y las demás que se requieran para los eventos.

Las ventas ambulantes para la venta de artículos típicos, podrán iniciarse a partir del viernes 19 de junio de 2015, previo trámite y obtención de la autorización y/o permiso correspondiente expedido por Comité de Adjudicación 43° Festival Folclórico Colombiano y la 48° Feria Exposición.

El Comité de Adjudicación del 43° Festival Folclórico Colombiano y la 48° Feria Exposición designará el día en el cual se realizará las actividades de adjudicación de las ventas en zonas constitutivas de espacio público, así mismo revisará permisos y/o autorizaciones que hayan sido expedidos en razón a las facultades otorgadas en el decreto 0296 del 3 de junio del 2015, en virtud de los principios de transparencia y equidad.

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